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Los ‘fotocomparendos’ y su regulación

05-07-2017 | Nueva normatividad frena esos excesos, que únicamente perjudicaban al usuario

Tomado de: Revista Turbo Colombia |Edición 5 de Julio.

Foto: Tomada de el.colombiano.com

En la edición 117 nos referíamos a este tema, que tanta polémica generó por la cantidad de arbitrariedades que se cometían y por la forma como operaba el sistema, que más que regular, era un negocio ‘pulpito’ para algunas empresas concesionarias, con el visto bueno de los organismos locales.


Pues bien, el Congreso de la República aprobó el proyecto de ley que regula en todo el territorio nacional el funcionamiento de los sistemas electrónicos de detección de infracciones de tránsito, conocidos como fotomultas o fotocomparendos.


Esta normatividad frena esos excesos, que únicamente perjudicaban al usuario.

Los efectos de la ley solo serán visibles seis meses después de la sanción del presidente Juan Manuel Santos y la expedición de la reglamentación correspondiente. De esta manera, se reducirá la propagación de cámaras por las vías del país y su instalación deberá cumplir ciertos requisitos técnicos.


La ley determina que serán el Ministerio de Transporte y la Agencia Nacional de Seguridad Vial los organismos encargados de dictar esos criterios en un plazo máximo de 180 días, mientras que la Superintendencia de Puertos y Transporte tendrá la facultad de vigilar y sancionar a los operadores que no cumplan con las nuevas normas.


Para montar un nuevo sistema de detección de infracciones por cámara, será necesario advertir al usuario que la zona es vigilada y se hará mediante la implementación de señales localizadas mínimo 500 metros antes de la ubicación del dispositivo de control.

 

El anuncio de la aprobación del proyecto final levantó comentarios encontrados entre las empresas concesionaras, pues se les acabó el negocio que les dejaba ingresos de hasta el 70 por ciento del recaudo por las infracciones.

 

Con la ley en vigencia, la retribución a la inversión que realicen esos entes privados no podrá superar el 10 por ciento del recaudo y, además, deberán ceñirse a normas de contratación. De esta manera se acaba con la asignación ‘a dedo’ que hacían los alcaldes de estos contratos.

 

 

El sistema actual seguirá funcionando, pero una vez se conozcan las nuevas regulaciones, las empresas concesionarias deberán adaptarse para la aprobación de su funcionamiento o de lo contrario deberán desmontarse.

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