Firefox
y Chrome
Juzgado veintiuno civil circuito oralidad medellin, email: [email protected] por auto del 20/05/2026, se dio apertura al proceso de liquidación de persona natural no comerciante de ruben dario molina serna cédula 71.184.050, r/0500131030212026-00181-00, convoca a todos las personas en calidad de acreedores del deudor, para que dentro de los 20 días siguientes a esta publicación, hagan valer su créditos sean o no exigibles, especificando naturaleza del crédito, cuantía de la obligación y nombre del deudor. De igual manera, se previene a las personas en calidad de deudores del concursado, para que paguen sus obligaciones a su cargo a favor del liquidador o a órdenes del juzgado en el banco agrario de colombia (sucursal carabobo, medellín) en la cuenta de depósitos judiciales 050012031021 perteneciente a este juzgado, so pena de que se declare la ineficacia de dicho acto. Liquidadora, maría del rosario zuluaga urrea, cédula 43.089.435; teléfono 3117528984, email: [email protected]
EDICTO El suscrito notario único del círculo notarial de Salgar Antioquia, EMPLAZA a todas las personas que se...
LA Notaria 4 del Círculo de Medellín. Emplaza: A los que se crean con derecho a intervenir en la Sucesión de Adela...
EDICTO LA NOTARIA UNICA DE MARINILLA EMPLAZA A todas aquellas que se crean con derecho a intervenir en el proceso de...
Comentarios
Los mensajes aquí dejados son públicos, aunque el dueño del aviso puede moderarlo y/o brindar una respuesta.