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Edicto emplazatorio radicado: 05-129-31-03-001-2023-00058-00 la secretaría del juzgado primero de familia de caldas, antioquia emplaza: a los acreedores de la sociedad conyugal conformada por luz dary blandón alzate c.c.39.168.901 contra cesareo antonio piedrahita franco, c.c.6.785.283, para que, de ser el caso, hagan valer sus créditos en este proceso judicial conforme a lo estipulado en el artículo 523 c.g.p. En ese orden, se les concede el término de (15) días, contados a partir de la publicación del presente edicto para que comparezcan por sí o por medio de apoderado judicial al proceso, canon 108 c.g.p., en armonía con el artículo 10° de la ley 2213/2022, en la calle 132sur no.50- 47, segundo piso, edificio san rafael caldas antioquia, o a través del correo electrónico: j01fctocal@ cendoj.ramajudicial.gov.co duban alberto garzón duque secretario
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